Micelio
Auto28 de junio de 2017

A- de 2017

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Objeciones Gubernamentales Al Proyecto De Ley 016/15 Senado Y 190/15 Camara.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Objecion Presidencial A Proyecto De Ley
  • Abstenerse de decidir hasta tanto se cumplan presupuestos constitucionales y legales requeridos
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Plena de la Corporación decide aceptar el impedimento de la Magistrada Cristina Pardo Schlesinger para participar en la decisión de las objeciones de la referencia y, se abstiene de decidir acerca de las mismas hasta tanto no se alleguen las pruebas decretadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. ACEPTAR EL IMPEDIMENTO de la Magistrada Cristina Pardo Schlesinger para participar en la decision de las objeciones gubernamentales de la referencia.
  2. Segundo. ABSTENERSE DE DECIDIR acerca de las objeciones gubernamentales de la referencia, hasta tanto no se alleguen las pruebas decretadas.
  3. Tercero. ORDENAR que por Secretaria General de esta Corte, se ponga el presente auto en conocimiento de los Presidentes de las camaras legislativas, del Secretario General del Senado de la Republica y del Secretario General de la Camara de Representantes, con el fin de que sean enviados a la Corte Constitucional los documentos requeridos, esto es, las Gacetas del Congreso en las que conste el anuncio previo a la votacion de la insistencia de cada camara, y la certificacion sobre quorum deliberatorio y decisorio en las sesiones en que se cumplio tal votacion, con el fin de determinar, con base en las pruebas pertinentes, si la aprobacion del informe de objeciones presidenciales cumplio con el tramite establecido en la Constitucion y la ley.
  4. Cuarto. SOLICITAR al Secretario General del Senado de la Republica y al Secretario General de la Camara de Representantes que acopien todos los documentos requeridos en el punto anterior y dispongan que sean enviados a esta Corte, dentro de los tres (3) dias siguientes al recibo de la correspondiente comunicacion, o si fuere del caso, dentro de los tres (3) dias siguientes a su publicacion en la Gaceta del Congreso.
  5. Quinto. Una vez el Magistrado sustanciador verifique que las anteriores pruebas han sido adecuadamente aportadas, continuara el tramite de las objeciones presidenciales al proyecto de ley de la referencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.